¡Devolución de dinero si Corona estropea las vacaciones!

por Michael Quant

Sentencia Hammer para los turistas combinados que se vieron afectados por las restricciones durante la pandemia de la corona: el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJUE) en Luxemburgo ha dictaminado que los turistas generalmente tienen derecho a una reducción en el precio del viaje.

El caso

Dos demandantes reservaron un paquete turístico de dos semanas a Gran Canaria en marzo de 2020 con el operador turístico de Múnich FTI Touristik.

El 15 de marzo, dos días después de su llegada, se endurecieron las reglas del Corona en Canarias. Las autoridades cerraron las playas, prohibieron el acceso a camastros y piscinas, suspendieron el programa de animación y establecieron toque de queda.

A los vacacionistas solo se les permitía salir de su habitación para las comidas. El 18 de marzo de 2020, se informó a los dos viajeros que debían estar listos para salir de la isla en cualquier momento y debían regresar a Alemania al día siguiente.

la demanda

Después de su regreso, los dos vacacionistas solicitaron al operador turístico FTI que les reembolsara el 70 por ciento del precio del viaje.

Sin embargo, FTI se negó, argumentando que no era responsable de tal “riesgo de vida general”. Los dos vacacionistas fueron entonces a juicio en Munich.

El proceso

El caso terminó ante el tribunal de distrito de Munich. Los jueces tuvieron que aclarar si la directiva de viajes combinados prevé la responsabilidad estricta del operador turístico (en este caso, las restricciones corona impuestas por las autoridades) o no.

El Tribunal de Distrito de Múnich I, donde el caso terminó en segunda instancia, solicitó al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que se pronuncie sobre cómo debe interpretarse la Directiva sobre viajes combinados.

El juicio

Los jueces del Tribunal Europeo de Justicia en Luxemburgo ahora han dado derecho a los vacacionistas.

Los servicios prometidos no fueron prestados, según la sentencia publicada por el tribunal. La pauta de viajes combinados establece la “responsabilidad por parte del operador turístico independientemente de la culpa”, que también se puede aplicar a las restricciones de corona.

El operador turístico no puede afirmar que las autoridades y no él son responsables de las medidas corona. La única excepción: el organizador no tiene que reembolsar dinero si los propios turistas tienen la culpa de los defectos (jerga legal: “violaciones contractuales”). Sin embargo, este no es el caso con las restricciones de corona.

Final abierto

En su sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no decidió cuánto dinero realmente reciben los dos turistas de FTI.

El caso vuelve ahora al tribunal de distrito de Múnich. Allí, los jueces ahora deben determinar y evaluar si el valor del viaje realmente se ha reducido por el cierre de una playa o piscina, o por el hecho de que los turistas no pudieron visitar la isla (expediente número C-396/21).



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