Desde la guardería hasta la universidad, la deducción por gastos escolares varía en función del nivel de estudios. En todo caso, el contribuyente deberá conservar todos los recibos relativos a viajes educativos, comedor y otros gastos. Veamos cuáles se pueden insertar en el 730.


ly las familias ahora lo saben: gastos de educación de los niñosdesde el jardín de infantes hasta la universidad, se pueden deducir en 730 permitiendo así bajar el Irpef a pagar. Por eso, con el comienzo del nuevo año, muchos padres ya han empezado a guardar los recibos de la compra. Pero ¿cuáles son los gastos educativos que se pueden deducir?

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Los costos de educación oscilan en los 730

Allá deducción por gastos de educación se diversifica en dos tipos según el nivel de estudio: universitario o escolar. En primer lugar, los gastos de educación escolar incluyen un importe máximo uniforme de 800 euros dentro de los cuales se calcula la deducción, mientras que para los gastos universitarios existen diferentes límites de gasto dependiendo del área geográfica y del sector disciplinar de la universidad a la que se asiste. No existe un límite único de gasto para los gastos de educación universitariapero existen diferentes según el área geográfica de la universidad y la macroárea disciplinaria en la que se ubica el curso individual que cursa el estudiante. Cada año el MIUR se «actualiza» con un decreto ad hoc (en realidad nunca han cambiado hasta la fecha) los umbrales máximos de gastos deducibles para quienes asisten a universidades «no estatales».

Gastos escolares, qué se puede deducir

Como decíamos, la deducción por gastos de educación distingue ante todo entre estudiantes universitarios y no universitarios. En el caso de las enseñanzas no universitarias, tanto públicas como privadas, la deducción se aplica a los gastos ocasionados por la asistencia a:

  • guarderías (guarderías);
  • escuelas primarias y escuelas secundarias inferiores (escuelas primarias y secundarias);
  • escuelas secundarias (escuelas secundarias)

También son deducibles los gastos incurridos por:

  • impuestos;
  • contribuciones obligatorias;
  • el monto incurrido por la ampliación de la oferta formativa;
  • el servicio de comedor escolar;
  • servicio antes y después de la escuela;
  • seguro escolar;
  • cursos de teatro organizados por la escuela;
  • cursos de idiomas organizados por la escuela;
  • asistencia alimentaria;
  • los viajes.

Se pueden deducir los gastos de educación de los hijos (GettyImages)

Gastos universitarios, lo que cambia

En lo que respecta a la formación universitaria (también en este caso tanto estatales como privados) la deducción se aplica a los gastos incurridos para asistir a:

  • carreras de grado básico;
  • carreras de especialización;
  • maestrías universitarias;
  • cursos de doctorado;
  • institutos técnicos superiores (ITS);
  • nuevos cursos establecidos en Conservatorios de Música e institutos musicales acreditados;
  • cursos estatales de educación superior y de especialización artística y musical.

Estudiantes fuera de curso

Los gastos también pueden referirse a varios años, incluyendo registro fuera del campo. Además, los gastos incurridos por:

  • tasas de matrícula e inscripción (también válidas para estudiantes que no asisten al curso);
  • recargos por exámenes y graduación;
  • participación en las pruebas de acceso a las carreras de grado, si lo prevé la facultad, ya que la prueba de preselección es preparatoria para el acceso a las enseñanzas universitarias;
  • Asistencia a Prácticas de Formación Activa (TFA) para la formación inicial del profesorado.

Gastos escolares: pagos y recibos rastreables

Para la deducción de gastos de educación, así como para muchos otros gastos, pasó a ser obligatoria a partir del 1 de enero de 2020. pagar con medios rastreables. Esto quiere decir que si quieres contar con el reembolso del Irpef del 19% de los gastos de educación indicados (tanto universitarios como escolares), deberás haber pagado con tarjetas de débito y tarjetas o, en su defecto, cheques o transferencias bancarias. Por tanto, el contribuyente deberá conservar todos los recibos relativos a viajes educativos, comedor y otros gastos.

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