Comunidades energéticas: toda la ayuda para iniciarlas en 10 preguntas y 10 respuestas


Después de una larga espera, finalmente ha entrado en vigor el decreto del Ministerio de Medio Ambiente y Seguridad Energética que pretende dar un impulso decisivo a las comunidades de energías renovables (Cer), es decir, acelerar la difusión de formas de autoconsumo de energía de verde. El próximo paso, como anunció recientemente el propietario del Mase, Gilberto Pichetto Fratin, está representado por las reglas operativas para el acceso a los beneficios que el ministerio deberá aprobar dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del decreto sobre la propuesta. del GSE (Gestore dei Energy Services), director de la medida, y sujeto a verificación por parte de la Autoridad de Energía, Redes y Medio Ambiente. Pero veamos qué ayudas se proporcionan y qué pasos hay que dar para poner en marcha un Cer.

1) ¿Cuáles son los beneficios esperados?

Se prevén dos beneficios: 1) un incentivo tarifario dirigido a todo el territorio nacional (desde pequeños municipios hasta ciudades metropolitanas) para una potencia máxima elegible de 5 gigavatios, con un límite temporal fijado a finales de 2027; 2) una contribución no reembolsable dirigida a los territorios de los municipios de menos de 5.000 habitantes con cargo a los fondos asignados por el Pnrr (2.200 millones de euros) para una potencia subvencionada de al menos 2 gigavatios hasta el 30 de junio de 2026 y acumulable con el incentivo en tarifa.

2) ¿Quién puede acceder a los incentivos?

Según lo dispuesto en el decreto, los incentivos se aplican a las plantas de fuentes renovables, incluidas las modernizaciones, cuya potencia nominal máxima no debe exceder un megavatio. Para obtener los beneficios, aclara además la disposición, las comunidades de energías renovables deberán estar regularmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud de acceso a los incentivos. Sin embargo, quedan excluidas las empresas en crisis según la legislación sobre ayudas estatales, así como las empresas contra las que está pendiente una orden de recuperación como consecuencia de una decisión previa de la Comisión Europea que declaró los incentivos recibidos ilegales e incompatibles con el mercado interior. El período para tener derecho a la tarifa de incentivo comienza a partir de la fecha de entrada en explotación comercial de la planta y es igual a 20 años.

3) ¿Cómo se presenta la solicitud?

Para acceder a los incentivos, la solicitud debe presentarse dentro de los 120 días siguientes a la fecha de entrada en funcionamiento de las plantas exclusivamente a través del sitio web de GSE (www.gse.it). El Gestor comprobará la integridad de la documentación antes del último día del tercer mes siguiente a la comunicación y, en caso de resultado positivo de la verificación del cumplimiento de los requisitos de acceso, asignará la tasa de incentivo. Los incentivos, como ya se ha mencionado, pueden combinarse con aportaciones de capital del 40 por ciento.

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4) ¿Quién puede recibir el aporte Pnrr?

Los beneficiarios del aporte no reembolsable son las comunidades de energías renovables y los sistemas colectivos de autoconsumo de fuentes renovables ubicados en municipios con población inferior a 5 mil habitantes. Los gastos incurridos por plantas de fuentes renovables, incluidas las actualizaciones, son elegibles para la contribución y las plantas deben entrar en funcionamiento dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de admisión a la contribución y, en cualquier caso, a más tardar el 30 de junio de 2026.



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