Composición con acreedores: llega el impuesto único sobre los aumentos de renta


Próximamente nuevo descuento para quienes se adhieran al convenio preventivo. De hecho, está llegando el impuesto único sobre el aumento de ingresos contenido en el acuerdo con las autoridades fiscales. Tributación sustitutiva “graduada” en función de las calificaciones obtenidas en las libretas de calificaciones fiscales. El Gobierno está dispuesto a abrirse a solicitudes para hacer más atractiva la adhesión al acuerdo preventivo. Solicitudes que serán formalizadas hoy por las categorías y profesionales de la producción en la audiencia en las comisiones de Hacienda de la Cámara y del Senado sobre el proyecto de decreto delegado que introduce una serie de medidas correctivas al convenio con acreedores, así como al cumplimiento y obligaciones cooperativas.

En la hipótesis que barajan el Parlamento y el Gobierno, se pretende introducir un régimen facultativo de imposición sustitutiva que será variable en función de la nota obtenida con las libretas de calificaciones fiscales del período impositivo anterior al del acuerdo. El concepto subyacente es recompensar a los más virtuosos con una tasa más baja. Así, la baja será del 10% para quienes tengan una puntuación no inferior a ocho, del 12% para quienes tengan una nota entre 6 y 8 y del 15% para quienes tengan una nota inferior a aprobado.

Una hipótesis sobre la cual el Ejecutivo también se verá «impulsado» por los dictámenes que llegarán de las comisiones de Finanzas presididas por Massimo Garavaglia (Lega) en el Senado y Marco Osnato (FdI) en la Cámara. El objetivo a alcanzar, según senadores y diputados, es hacer más atractivo el concordato, hasta el punto de que el nuevo «impuesto único» en relación con el voto de fiabilidad podría ser una condición para obligar al Gobierno a reescribir el concordato. una vez más. La idea es que la opción por el impuesto único sobre los mayores rendimientos empresariales o autónomos derivados de la adhesión al convenio preventivo sea válida para ambos períodos impositivos en los que esté vigente el convenio con la Hacienda. Pero no sólo eso, porque de hecho también se trazará una vía de estabilización porque la opción de tributación a tanto alzado también será válida para los dos años siguientes en caso de renovación.

Un intento de avanzar entre las asociaciones profesionales de artesanos y autónomos y entre los contables, que asisten a los números de IVA implicados, para fomentar la adhesión al acuerdo. También porque la herramienta, basada en los primeros cálculos propuestos (véase «Il Sole 24 Ore» del 18 de junio) corre el riesgo de pedir una factura hasta ocho veces superior a los contribuyentes que han demostrado menos fiabilidad fiscal al obtener votos muy por debajo del umbral de ocho en la boleta de calificaciones. La posibilidad de llegar progresivamente al 10 en el boletín de notas exigido por el software tampoco parece haber disipado hasta el momento la desconfianza hacia el acuerdo, con un paso intermedio que prevé para el primer año una reducción del 50% de los ingresos ( y por tanto de los impuestos adeudados) según lo previsto en el acuerdo.

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«El impuesto único incremental – subraya Salvatore Regalbuto, consejero nacional de los contables delegados para la fiscalidad – también puede permitir que quienes reciben propuestas con una composición de ingresos consistente se adhieran al acuerdo, como ocurre en particular con los contribuyentes que son menos “confiables fiscalmente”, mitigando así los resultados de las NIA que, por su naturaleza, al basarse en un procesamiento estadístico a gran escala, a veces no reflejan plenamente las peculiaridades de la actividad del contribuyente». Los contables también propondrán en la audiencia a las comisiones de Finanzas de la Cámara y del Senado la introducción de «un umbral en valor absoluto de 25.000 euros, por debajo del cual no son posibles las actividades de verificación, y la ampliación a tarifas fijas de la cobertura total desde evaluaciones presuntivas ya reconocidas a las entidades que aplican las NIA». Una cobertura que, añade Regalbuto, para los sujetos del ISA, también debe ser válida para efectos del IVA e independientemente del puntaje obtenido en las libretas de calificaciones tributarias durante los años de vigencia del convenio.



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