Bono de movilidad, todas las preguntas ok: 100% crédito fiscal

Ahora, una vez cerrada la ventana temporal para la presentación y revisada la documentación recibida, Hacienda ha constatado que el total de gastos subvencionables no supera los 5 millones disponibles. Por tanto, para cada beneficiario, el crédito fiscal efectivo será del 100% del gasto realizado, si no supera los 750 euros. Si el gasto fuera mayor, el crédito sería de 750 euros.

Si las bonificaciones solicitadas (y declaradas elegibles) hubieran excedido la dote disponible, el monto del crédito fiscal reconocido a cada beneficiario se habría reducido en un porcentaje igual al exceso de las cantidades solicitadas sobre las asignadas.

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Ahora pasamos a la utilización del crédito fiscal reconocido, que es posible “únicamente en la declaración de impuestos como reducción de los impuestos adeudados y podrá ser utilizado a más tardar en el período impositivo 2022” (artículo 4 del Decreto Ministerial de 21 septiembre de 2021, emitido por el Ministerio de Economía).

El crédito no puede acumularse con «otras ventajas fiscales relativas a los mismos gastos» (artículo 3 del Decreto Ministerial).

Si la Agencia Tributaria determina que «la prestación no se debe en todo ni en parte», emite una acto de recuperación. En la práctica, invita a pagar una suma equivalente por el beneficio indebidamente disfrutado. En caso de impago, se procede al cobro forzoso (factura fiscal).



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