Bonificaciones de construcción, opciones hasta el 29 de abril Pospuesto 730 al 23 de mayo


En materia de bonos de edificación, el Gobierno se ha mantenido firme en la línea de rigor y, pese a la presión de todas las fuerzas políticas para suavizar el apretón a la venta de créditos fiscales relativos al 110% y los bonos de edificación, rechazó todas las enmiendas al remitente. Entre las solicitudes más importantes rechazadas por el gobierno se encuentran las relativas a la reducción de las sanciones penales por declaraciones falsas o visas de falso cumplimiento. Así como las propuestas realizadas para implantar un seguro específico para profesionales y particulares que certifiquen la validez de los créditos fiscales.

La única apertura es la de las comunicaciones a enviar a las autoridades fiscales relativas a las transferencias de crédito. El plazo del 7 de abril, fruto ya de un aplazamiento respecto al plazo ordinario del 16 de marzo, con una modificación del movimiento Cinco Estrellas aprobada la noche del lunes en la Comisión de Presupuestos del Senado al decreto Sostegni ter aplazado al próximo 29 de abril.

La fecha límite para el 730 precargado se ha pospuesto

La consecuencia natural, como prevé el segundo párrafo de la misma enmienda aprobada, es un aplazamiento de todo el calendario de la declaración precargada de 2022. para este año, un aplazamiento hacia el lunes 23 de mayo. De hecho, la fecha límite para aceptar, modificar y comenzar a enviar el 730 desde el área reservada del sitio de Ingresos debería trasladarse a principios de junio. En realidad, no se trata en modo alguno de una novedad, dado que el año pasado los contribuyentes conocieron la declaración elaborada por Hacienda el pasado 10 de mayo.

Con el visto bueno a los cambios, también entra en el Sostegni ter el decreto corrector del fraude relativo a las primas de edificación (Decreto Legislativo 13/2022). Entre las novedades, la vuelta de las rebajas múltiples pero con distintas limitaciones. Puedes realizar el descuento en la factura con una transferencia posterior o, en su defecto, una única transferencia directa del crédito a cualquier persona. Las otras dos ventas sólo pueden efectuarse a favor de bancos e intermediarios supervisados ​​por el Banco de Italia o sociedades pertenecientes a grupos bancarios o de seguros.

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