Beneficios complementarios, desde umbrales de exención hasta obligaciones para el empleador: novedades para 2024

Trabajadores que regresan en la banda de exención más altapara beneficiarse del alivio, deberán presentar al empleador unaauto certificacion en el que certifiquen que tienen uno o más hijos a su cargo para efectos fiscales, y además indiquen sus respectivos códigos tributarios. Luego se les solicita que comuniquen cualquier cambio en las condiciones que pueda ocurrir durante el año.

El superando los umbrales, para el año 2024 de 1.000,00 euros o 2.000,00 euros, determina la tributación total de los valores de las cantidades reconocidas; La misma conclusión también en el caso de que cesaran las condiciones para la ampliación del umbral a 2.000,00 euros en el caso de hijos a cargo.

Aclaración de ingresos

La Agencia Tributaria (circular 23/2023) aclaró luego que, en el caso de un hijo mayor de 21 años, cuyos padres han acordado que la persona con mayores ingresos recibirá las deducciones fiscales al 100%, el otro padre También puede beneficiarse del alivio siempre que el niño dependa fiscalmente de ambos.

Qué debe hacer el empleador

El empleador está obligado a informe en el registro único de trabajo el valor correspondiente en el período correspondiente. Si la suma de los valores de las prestaciones marginales reconocidas al trabajador no supera, en el período impositivo de 2024, los umbrales de afiliación, dependiendo de las características del beneficiario, este valor está exento a nivel impositivo y también contributivo, en virtud del principio de armonización de las bases imponibles de la seguridad social y del impuesto.

Si se superan los umbralesaclara además la Fundación de Estudios de Asesores Laborales, el empleador debe realizar las operaciones ajustamiento dentro del final del período impositivo.



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