Asignación, trabajo permanente o residencia requerida


Con un auto del pasado mes de junio, el tribunal de Génova solicitó al Tribunal Constitucional que se pronunciara sobre la legitimidad constitucional de una disposición contenida en el artículo 5 de la ley foral 10/2004. Según este artículo, el aspirante a cesionario de una vivienda de protección oficial deberá residir o haber trabajado durante al menos cinco años en uno de los municipios del territorio a que se refiere la convocatoria de cesión de vivienda.

No es la primera vez que el Tribunal de Justicia ha sido llamado a decidir si las cláusulas que supeditan el acceso a los servicios públicos subvencionados a la acumulación de una determinada antigüedad de residencia crean o no desigualdades injustificadas.

La gama de requisitos

Cada Comunidad Autónoma con sus propias leyes ha definido una lista de requisitos que deben cumplir los aspirantes a inquilinos de una vivienda de titularidad pública. El paisaje es variado, con algunos puntos fijos.

Uno de los títulos que hay que poseer en todas partes se refiere a la condición económica de la unidad familiar, que unas Regiones miden con los ingresos y otras con un indicador de situación más global, por ejemplo con el ISEE.

La divisoria de aguas es territorial: en las del Sur, incluidas las islas, se utiliza el primero de estos dos parámetros. Cuanto más alta sea la barra de ingresos o ISEE que no se debe exceder, más larga será la lista de espera para la asignación.



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