Así es como cambian los servicios públicos, Agcom lanza una consulta pública


En su reunión del 4 de abril, el Directorio de Agcom aprobó el lanzamiento de una consulta pública sobre la revisión del Reglamento sobre contratos entre operadores y usuarios finales. El proyecto de Reglamento cubre a los consumidores, las microempresas, las pequeñas empresas y las organizaciones sin ánimo de lucro. El plazo para la conclusión del procedimiento es de 120 días en total, contados a partir de la publicación de la resolución en la página web de la Autoridad, de los cuales 45 días se dedican a consulta pública. Esto es lo que se puede leer en una nota de la Autoridad.

De la duración a la prórroga de los contratos

Objetivo: implementar las novedades introducidas por el nuevo Código de las comunicaciones electrónicas en cuanto a las obligaciones de información aplicables a los contratos; duración máxima de los contratos no superior a 24 meses; extensión de contratos; cuotas de servicios y equipos terminales; modificación de las condiciones contractuales (ius variandi); derechos de los usuarios en caso de discrepancia en la ejecución del servicio con respecto a lo prometido en el contrato; derecho a retirada; terminación de la relación contractual; información contractual sobre trámites de portabilidad y migración de números.

Referencias a indemnizaciones en caso de migraciones y portabilidades

Entre las medidas objeto de consulta, se prevé que el operador indique en las propuestas contractuales los términos en los que, tras la celebración del contrato, inicia el procedimiento de activación de los servicios de voz e Internet. El contrato deberá incluir la referencia a las indemnizaciones debidas a los usuarios en caso de incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones en materia de migración y portabilidad numérica.La normativa también regula las ofertas que incluyan, en una misma propuesta contractual, una o más comunicaciones electrónicas servicios y equipos terminales.

Hipótesis de ajuste de la tarifa a los precios al consumidor

A continuación, se dedica una sección específica del Reglamento a laajuste de la renta sobre la base del índice de precios al consumidor: para los contratos ya vigentes que no lo prevean, la propuesta de modificación del contrato que inserte un mecanismo de ajuste periódico del índice de precios al consumidor deberá ser expresamente aceptada por el usuario; en el caso de contratos que ya prevean un mecanismo de indexación, el consiguiente aumento de la tarifa no se materializa en un cambio unilateral de las condiciones contractuales.

Las obligaciones del operador

Una vez prevista la indexación en el contrato, el operador podrá modificar las tarifas exclusivamente en la medida que corresponda a la variación del índice anual de precios al consumidor. El operador también está obligado a informar a los clientes de dichos ajustes. La aplicación del ajuste al índice de precios al consumidor puede ocurrir, en la primera aplicación, solo después de 12 meses desde la aceptación del contrato, continúa la nota de Agcom. El operador está obligado a publicar el alcance del cambio en la tarifa en su sitio web dos meses antes de que surta efecto. La misma información deberá ser comunicada al usuario en un soporte duradero (por ejemplo mediante un aviso en la factura emitida periódicamente) al menos un mes antes de su entrada en vigor.



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