Agencia Tributaria: impuestos sobre las bonificaciones de desempeño al 5% en 2024


Las primas de rendimiento por participación en los beneficios de la empresa hasta 3.000 euros tributarán en 2024 al 5% para salarios hasta 80.000 euros. La Agencia Tributaria lo aclara en una circular sobre lo dispuesto en la Ley de Presupuesto. La reducción del tipo del impuesto sustitutivo relativo a las bonificaciones de productividad del 10% al 5% ya había sido introducida para el período impositivo de 2023 en el presupuesto anterior.

Cómo se aplica el impuesto sustitutivo

El impuesto sustitutivo, en vigor desde 2016, se aplica, hasta un importe de 3.000 euros brutos, a la bonificación en metálico pagada a los asalariados del sector privado en ejecución de contratos empresariales o territoriales con un rendimiento del trabajo, en el año anterior al de su percepción. no superior a 80.000 euros, como consecuencia de incrementos de productividad, rentabilidad, calidad, eficiencia e innovación, así como cantidades entregadas en forma de participación en los beneficios de la empresa. La circular de Hacienda recuerda también que, con el fin de apoyar a los sectores del turismo, la hostelería y los balnearios, la última ley presupuestaria reconoce a los trabajadores de los establecimientos de administración de alimentos y bebidas y a los del sector turístico, incluidos los establecimientos balnearios, un tratamiento complementario especial. que no contribuye a la formación de ingresos, igual al 15%.

El arco temporal

La medida se refiere a los servicios prestados entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2024 por empleados con ingresos no superiores a 40 mil euros para el período impositivo de 2023. El beneficio se calcula sobre el salario bruto pagado por las horas extraordinarias realizadas en días festivos o durante la noche. El empleador, a partir del primer salario útil y, en cualquier caso dentro del plazo para realizar las operaciones de ajuste de fin de año, establece el tratamiento especial complementario como retención en origen, indicando posteriormente su importe en la certificación única del trabajador relativa a el período impositivo 2024

Redención de aportes hasta por 5 años también con bonos de producción

No solo. Con carácter experimental, para el bienio 2024 – 2025, los afiliados a uno de los sistemas de gestión de la seguridad social administrados por el INPS, que no tengan pensión y sin antigüedad contributiva al 31 de diciembre de 1995 (por lo tanto, trabajadores completamente incluidos en el cálculo de la aportación), podrán rescatar los periodos hasta finales de 2023 entre el año de la primera y la última aportación acreditada. La Agencia Tributaria lo especifica en una circular sobre lo dispuesto en la última ley de Presupuesto. Los plazos rescatables no pueden exceder de 5 años, aunque no sean continuos. El empleado puede pedir a su empleador que cubra el costo del rescate utilizando las bonificaciones de producción que se le deben al trabajador. Si el empleador corre con el costo del rescate, la misma cantidad se deduce de sus ingresos comerciales o de su trabajo por cuenta propia. Sin embargo, en lo que respecta a la determinación de los ingresos laborales del trabajador, las cotizaciones pagadas por su cuenta no contribuyen a la formación de estos ingresos.

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