Adiós Rdc, por lo «empleable» llega Apoyo a la formación y al trabajo


Vuelve a cambiar de nombre, tras la hipótesis de Gal y Sda y la nueva medida de apoyo a las personas “empleables” en situación de pobreza pasará a denominarse Apoyo a la formación y al trabajo. Así se puede leer en el texto del decreto ley remitido a la Contaduría General del Estado para su timbrado en el que se confirma la introducción del subsidio de inclusión para familias en dificultad en las que haya menores, discapacitados o mayores de 60 años. comenzará el 1 de septiembre y prevé una asignación de 350 euros al mes durante un máximo de 12 meses solo para quienes participen en programas de formación y proyectos útiles para la comunidad.

Los requisitos

Los apoyos para la formación y el trabajo pueden ser utilizados por los miembros de hogares de entre 18 y 59 años en condiciones de pobreza absoluta, con un valor de ISEE familiar no superior a 6.000 euros anuales, que no reúnan los requisitos para acceder al Cheque de Inclusión. También puede ser utilizado por integrantes de núcleos que reciben el cheque de inclusión, que no están calculados en la escala de equivalencia

Camino

El interesado está obligado a emitir la declaración de disponibilidad inmediata para el trabajo. Previa estipulación del contrato de servicios, el sujeto puede recibir ofertas de trabajo, servicios de orientación y acompañamiento laboral, o ser incluido en proyectos de formación específicos impartidos por sujetos públicos o privados, pero también puede identificar de forma autónoma proyectos de formación, dentro del número de los señalados en el primer período, al que ser admitido. En caso de participación en programas y proyectos de formación útiles para la comunidad, por toda su duración y en todo caso por un plazo máximo de doce meses, leemos, el interesado recibe un beneficio económico, como compensación por la participación en medidas de activación laboral. , equivalente a una cantidad mensual de 350 euros. El beneficio económico es desembolsado por medio de una transferencia bancaria mensual por parte del INPS. El interesado está obligado a adherirse a las medidas de formación y activación laboral indicadas en el contrato de atención personalizada, confirmando, al menos cada noventa días, a los servicios competentes, también por vía electrónica, su participación en estas actividades. La medida es personal y por tanto es posible que en una misma familia existan varios beneficiarios de ayudas para la formación y el trabajo.

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Para núcleos frágiles existe el control de inclusión

Para las familias en situación de pobreza con menores, discapacitados o mayores de 60 años, a partir del 1 de enero de 2024, la Renta de Ciudadanía será sustituida, como se ha dicho, por el Bono de Inclusión. El subsidio de inclusión se puede solicitar en el caso de un ISEE que no supere los 9.360 euros y una renta inferior a 6 mil euros al año. Tendrás derecho a un complemento de renta que puede llegar hasta los 500 euros mensuales en el caso de renta cero multiplicado por la escala de equivalencia (hasta 2,3 en el caso de minusválidos). El primer miembro vale uno, los inválidos 0,5, los adultos mayores o con responsabilidades de cuidado 0,4, los menores de dos años 0,15 y los mayores de dos años 0,10. Este coeficiente no incluye parte de la asignación única por hijo como es el caso de los ingresos del ciudadano. Se consideran cuidadores los que tengan que cuidar de niños hasta los tres años de edad, de los discapacitados o de al menos tres hijos menores de edad.

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