Trabajadores en directorios de empresa, qué prevé la propuesta de la CISL


También en Italia, regular la participación de los trabajadores en la empresa en todas sus formas, directiva, financiera, organizativa y consultiva Permitir que los convenios colectivos prevean la participación de los representantes de los trabajadores en los consejos de supervisión de las empresas que adopten el sistema dual de gobierno ( por una participación no inferior a la quinta parte de los miembros del propio consejo), con participación en el consejo de administración de las sociedades que no adopten el sistema dual, regulándose las de participación pública.

La recogida de firmas está en marcha

Estos son los principios inspiradores del proyecto de ley de iniciativa popular de la Cisl, depositado por el secretario general Luigi Sbarra, en el Tribunal de Casación de Roma. Sobre el texto de 22 artículos titulados «Participación en el Trabajo» el sindicato de vía Po lanzará una campaña de recogida de firmas en todo el país, para dar plena aplicación al artículo 46 de la Constitución, que establece el derecho de los trabajadores a colaborar en la gestión de empresas.

Cupón de tarifa plana del 5% sobre las utilidades distribuidas a los trabajadores

Según la propuesta de la CISL, los convenios colectivos pueden prever, con carácter voluntario, que los trabajadores tengan acceso a acciones o cuotas de capital de la propia empresa, mediante la adopción de planes de participación financiera de los trabajadores. una cuota no inferior al 10% de los beneficios totales de la empresa están sujetos a un impuesto sustitutivo del 5% del Irpef y a los recargos autonómicos y municipales, con el límite de una cantidad bruta total de 10 mil euros, si se pagan en ejecución de convenios colectivos corporativos o territoriales.

Se prevén incentivos y desgravaciones fiscales para las empresas que implementen planes de participación y planes de consulta a través de la formación de órganos paritarios, con obligaciones de capacitación para los trabajadores y administradores involucrados en la participación gerencial y consultiva.

Mecanismo de recompensa para empresas que involucren a trabajadores

Se prevé un mecanismo de recompensa para las empresas que involucren a los trabajadores en proyectos innovadores y para los propios trabajadores que se comprometan a aportar aportes para la innovación o la eficiencia de los procesos productivos, así como los sujetos de referencia para apoyar esta forma de participación, estableció la comisión nacional permanente de la participación de los trabajadores con funciones interpretativas y orientadoras sobre la implementación de la participación de los trabajadores en las empresas, modificando la ley del 30 de diciembre de 1986, n. 936, por el que se establecen las Reglas del Consejo Nacional de la Economía y el Trabajo.



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