Transferencia de datos entre Europa y Estados Unidos: el SEPD da a conocer su primera opinión


El Consejo Europeo de Protección de Datos (EDPB) dio, el 28 de febrero, su dictamen sobre el proyecto de decisión de adecuación de la Comisión Europea sobre la transferencia de datos a los Estados Unidos. Tras la invalidación del acuerdo Privacy Shield en violación del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), en 2020, Joe Biden, presidente de los Estados Unidos, adoptóel pasado mes de octubre, un nuevo marco legal permitir un nuevo acuerdo. Debe fortalecer el control sobre la recopilación y el uso de datos personales por parte de los servicios de inteligencia estadounidenses. Hoy, el organismo encargado de velar por la aplicación del RGPD dentro de la Unión Europea da una opinión favorable Y » da la bienvenida a mejoras sustanciales » todo en » expresando inquietudes y solicitando aclaraciones sobre varios puntos «.

¿Dónde está el nuevo acuerdo y qué opina el SEPD?

Entre los muchos puntos rediseñados, el SEPD recomienda » la introducción de requisitos que reflejen los principios de necesidad y proporcionalidad para la recopilación de datos por los servicios de inteligencia de EE.UU. «. el tambien saluda el nuevo mecanismo de recurso para los interesados ​​de la UE «.

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Sin embargo, pide información adicional seguro » ciertos derechos de los interesados, las transferencias posteriores, el alcance de las exenciones, la recopilación temporal de datos masivos y el funcionamiento práctico del mecanismo de compensación «. Además, el SEPD “ agradecería que la entrada en vigor y adopción de la decisión están sujetos a políticas y procedimientos actualizados implementar el marco legal por parte de todas las agencias de inteligencia de EE. UU. «.

Para él, desde un punto de vista comercial, una serie de principios y preocupaciones del acuerdo sigue siendo el mismo que el del Escudo de Privacidad. En calidad de tal, Andrea Jelinek, presidente del SEPD, ha declarado eso » un alto nivel de protección de datos es esencial para salvaguardar los derechos y libertades de las personas en la Unión Europea «. Ella especifica que » Si bien reconocemos que las mejoras en el marco legal de los EE. UU. son significativas, recomendamos abordar las inquietudes expresadas y proporcionar las aclaraciones solicitadas. para asegurar la sostenibilidad de la decisión de adecuación «. Finalmente, concluye que por la misma razón, creemos que tras la primera revisión de la decisión de adecuación, las revisiones posteriores deben tener lugar al menos cada tres años y nos comprometemos a contribuir «.



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