Robinho, la pena de 9 años por agresión sexual se puede cumplir en Brasil

Se acepta la solicitud del Gobierno italiano: así consta en el informe de la fiscalía federal local en un dictamen enviado al Tribunal Superior de Justicia, homólogo de nuestro Tribunal de Casación

La petición del gobierno italiano ha sido aceptada: Robinho, junto a su amigo Ricardo Falco, podrán cumplir la pena de nueve años de prisión en Brasil. Así consta en el informe de la fiscalía federal local en dictamen remitido al Tribunal Superior de Justicia, homólogo de nuestro Tribunal de Casación. “No hay restricciones para la transferencia de la ejecución de la sentencia impuesta a los dos brasileños nativos. Para ello, el imputado Robinho deberá ser citado a participar en el proceso”, se lee en el documento firmado por Carlos Frederico Santos, fiscal adjunto. El procedimiento en cuestión es un proceso para la homologación de la sentencia, pronunciada definitivamente en los tres niveles de la justicia italiana. La semana pasada se recibió una opinión favorable en este sentido de la presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Brasil, Maria Thereza de Assis Moura, quien de un examen preliminar enviado al Ministerio Público había señalado que «la solicitud de la justicia italiana y de El ministro Carlo Nordio cumple con los requisitos para el reconocimiento de la sentencia del país europeo”.

El caso

Robinho fue condenado por la violencia sexual perpetrada en Milán, cuando vestía la camiseta rossoneri, en enero de 2013 contra una niña albanesa. La primera sentencia llegó en 2017 y fue confirmada por el Tribunal de Apelación. En 2020 el jugador regresó a Brasil, mientras que en enero del año pasado también llegó la sentencia de Casación que convirtió la sentencia en firme. En estos momentos el exjugador del AC Milan anda suelto en su propio país. Si las autoridades brasileñas aprueban la sentencia, el jugador cumplirá su condena en Brasil. El Gobierno había pedido inicialmente la extradición de Robinho y Falco, que sin embargo el Estado sudamericano había negado apelando al artículo 5 de la Constitución, que lo impide para los ciudadanos nacionales.



ttn-es-14