
En Casación, por el contrario, un número de procesos igual a la sexta parte del stock pendiente sobre el fondo asciende igualmente a 37.800 millones de euros. Se trata de 43.670 litigios (datos a 31 de abril de 2021): el 52,3% tienen un valor de entre 0 y 100 mil euros, mientras que solo el 1,2% se refieren a casos por valor de más de 10 millones, pero que en total pesan 20,3 mil millones de 37,8 .
El peso económico de los tres niveles de juicio, por lo tanto, es igual a 75.400 millones: el doble de los 37.000 millones de la maniobra de 2023 y casi un tercio de los 204.000 millones de dotación prevista con el Pnrr y el ReactEu.
medidas deflacionarias
El Gobierno de Draghi ya ha intentado intervenir sobre la morosidad fiscal, introduciendo con la reforma de la justicia y el proceso tributario (130/2022) la definición facilitada solo en Casación para litigios hasta 100 mil euros. La intención era incidir precisamente en que el 52,3% de los litigios de menor valor.
La medida, que sigue vigente, se suma a las otras tres desarrolladas por el viceministro de Economía Maurizio Leo. Hay, de hecho, una nueva definición facilitada, con incidencia directa en los grados de mérito y legitimidad: las controversias pendientes en cualquier instancia del procedimiento, incluido el de Casación, pueden ser resueltas con el pago de una cantidad igual al valor de la disputa, con exclusión de intereses y sanciones (ver Il Sole 24 Ore del 24 de noviembre de 2022).
Luego está la conciliación facilitada: también tiene ventajas para el contribuyente, pero la ley no prevé palancas para que la Agencia Tributaria sea inducida a aceptar la propuesta conciliatoria del contribuyente. Según datos del Departamento Fiscal del Mef, de hecho, en promedio cada año las controversias resueltas de manera conciliatoria son el 0,4% del total, señal de que el instituto no puede despegar, también por la dificultad de poner de acuerdo a las partes. La primera comisión de reforma de la justicia fiscal, la presidida por Giacinto della Cananea, había intentado intervenir indirectamente en este sentido, disponiendo que «si una de las partes o el juez ha formulado una propuesta conciliatoria, no aceptada por la otra parte sin causa justificada». , las costas procesales incrementadas en un 50 % serán de cargo de éste”.



