Hijo estudiante: los padres de los estudiantes pueden reclamar esto a efectos fiscales


Los gastos de funcionamiento solo pueden ser deducidos de los impuestos por los propios estudiantes.

En principio, los padres no pueden deducir de sus impuestos las tasas de matrícula (a diferencia de las tasas de matrícula de las escuelas privadas) ni los gastos de funcionamiento, como la compra de material de trabajo, como libros. Como explica verivox, esto se remonta a una sentencia del Tribunal Fiscal de la Federación en octubre de 2017. A diferencia de los propios estudiantes, los costos del curso en sí no pueden ser reclamados por los padres como un gasto especial de la oficina de impuestos.

Los padres pueden deducir esto de sus impuestos si reciben el beneficio por hijos.

Según verivox, lo que los padres de los estudiantes pueden reclamar a efectos fiscales depende de la situación respectiva. Los padres de los estudiantes que todavía reciben el subsidio por hijo para el niño en cuestión pueden deducir el subsidio de formación de sus impuestos. Para ello, sin embargo, deben cumplirse cuatro condiciones. Primero, el niño debe ser mayor de edad y no vivir más en el mismo hogar. Además, deben estar estudiando o en formación profesional y cumplir los requisitos para tener derecho a la prestación por hijo a cargo. Si se cumplen estas cuatro condiciones, los padres pueden reclamar 924 euros anuales a efectos fiscales. También existe el derecho a la prestación por hijo si el hijo es menor de 25 años y no ha completado una formación profesional o un título universitario o trabaja menos de 20 horas a la semana. Además, los padres también pueden deducir las contribuciones al seguro médico y de cuidado del niño como sus propios gastos especiales. Aquí también se aplica la condición de que el hijo tenga derecho a la prestación por hijos a cargo oa la asignación.

carga extraordinaria

Si no se cumplen los requisitos para la manutención de los hijos, todavía hay ciertos gastos que se pueden reclamar a efectos fiscales. El apoyo a esos niños puede deducirse como una «carga extraordinaria». Para el año 2022, la cantidad que se puede deducir es de 9.984 euros. Sin embargo, los ingresos propios del hijo no pueden superar los 624 EUR al año. Si los ingresos del hijo superan este límite, se deducen de la carga extraordinaria.

E. Schmal/Redaktion finanzen.net

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