
La cuenta atrás ha comenzado. De hecho, faltan poco más de tres semanas para que entre en vigor la nueva normativa sobre pagos electrónicos. De hecho, a partir del 30 de junio, los comerciantes y las firmas profesionales deberán equiparse con el TPV y aceptar pagos con dinero electrónico (tarjeta de crédito y débito).
La novedad en materia fiscal la introdujo el decreto ley 36/2022 (denominado “decreto Pnrr 2”, artículo 18, apartados 1, 2 y 3) para implementar algunos objetivos fijados en el Pnrr, el Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia. El decreto adelantó al 30 de junio (en lugar del 1 de enero de 2023) las sanciones para los comerciantes y profesionales que se nieguen a pagar con la Pos.
En la carta circular nro. 8 de 7 de junio de 2022 el Fundación para los estudios de los asesores laborales proporcionó algunas indicaciones detalladas sobre lo que cambiará en este frente, y sobre otra solución prevista por la misma disposición: la extensión de las obligaciones de facturación electrónica a partir del 1 de julio de 2022.
A quién se aplican las nuevas reglas sobre pos
Quienes vendan productos y presten servicios, incluidos los profesionales, deberán equiparse con el TPV a partir del 30 de junio de 2022, y no más desde el 1 de enero de 2023, y aceptar pagos electrónicos.
Qué sucede si el comerciante no cumple
En los casos de no aceptación de un pago, de cualquier monto realizado con tarjetas de pago, en relación con al menos una tarjeta de débito y una tarjeta de crédito, por sujetos que vendan productos y presten servicios, también profesionales, la sanción administrativa pecuniaria de pago de a estos sujetos se les aplica una cantidad igual a 30 euros, incrementada en un 4% del valor de la operación para la cual se ha denegado la aceptación del pago. Básicamente, observa la Fundación, quien no acepte pagos con tarjeta será sancionado con una multa de 30 euros, incrementada en un 4% del valor de la transacción rechazada.






