
No es posible, o más bien: está prohibido geolocalizar a los empleados que trabajan en protestas inteligentes. Lo explica Un artículo en profundidad de NT+ Work Firmado por Giuseppe Bulgarini D’Elci, donde se especifica que el empleador no puede hacer uso de una aplicación instalada en los dispositivos suministrados a los empleados para la geolocalización de su posición geográfica durante las bandas de disponibilidad en los días hábiles inteligentes.
“Uso del sistema de geolocalización” en el artículo “, el empleador se expone a la violación del artículo 4 de la ley 300/1970”. Además, también existe un tema central con respecto a la protección de los datos personales, “porque el monitoreo creado a través de la aplicación en el teléfono inteligente o en el cuaderno en uso a los empleados constituye un tratamiento sin una base legal adecuada, combinando los principios de legalidad, corrección y transparencia en base a la regulación de la UE 2016/679”.


