Suministro de luz y gas, sanción de 4 millones de la Autoridad para cuatro empresas


La Autoridad de Competencia y Mercados (Agcm) ha concluido seis diligencias de investigación por prácticas comerciales desleales en la previsión de las condiciones económicas para el suministro de energía eléctrica y gas en el mercado libre.

Cuatro empresas sancionadas

En particular, cuatro investigaciones dieron lugar a la constatación de conductas engañosas y omisivas en la indicación de los costes de suministro de electricidad o gas y sanciones contra Ajò Energia (148 mil euros), Bluenergy (2 millones de euros), Ubroker (1,88 millones de euros) y Visitel (100 mil euros). Las otras dos investigaciones -contra Enne Energia y Europe Energy- se cerraron con la aceptación de los compromisos.

“Durante la investigación preliminar – dijo la Agcm – se realizó un amplio análisis de la documentación contractual y promocional de las ofertas comerciales propuestas por los operadores interesados ​​y de los informes de los consumidores. A raíz de esta actividad, surgieron importantes temas críticos y un engaño generalizado u omisión de información sobre algunos componentes del precio de suministro de electricidad y gas en el mercado libre”.

Cargos de marketing omitidos

En muchos casos, prosigue la nota de la Autoridad, “se omitió la indicación del valor de los “costos de comercialización” (generalmente denominados precio de comercialización y venta -Pcv- para la electricidad y cuota de venta minorista -Qvd- para la electricidad). ) tanto en las condiciones de contratación como en el material promocional, en el que únicamente se publicitaba el precio del «componente energético», si bien estos cargos representan una parte esencial del precio del suministro para el consumidor y de los ingresos de las empresas». Son cantidades que se añaden a la factura a los cargos fijados por el regulador -cargos de sistema, transporte y gestión de contadores- o de carácter fiscal.

Además, algunas ofertas preveían penalizaciones, también en forma de cancelación de los descuentos concedidos en el momento de la firma del contrato -pero a diferencia de la normativa vigente-, que se aplicaban en caso de desistimiento anticipado del contrato de suministro.



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