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Trabajadores ocupados, de la cuña a los beneficios complementarios: cómo ha cambiado el sueldo desde enero

teknomers 5 de Ocak de 2025 (Last updated: 5 de Ocak de 2025) 5 minutes read
Trabajadores ocupados, de la cuña a los beneficios complementarios: cómo


Desde cuña e Irpef hasta beneficios marginales. Del nuevo bono de madres trabajadoras al bono de productividad. Con el presupuesto de 2025, las prestaciones en el trabajo cambiarán un poco y, por tanto, a partir de enero, principalmente para los empleados, los efectos se notarán en las nóminas. Aquí tenéis las principales novedades.

Cuneo e Irpef

A partir de enero, como se ha comentado, hay dos medidas fiscales que tendrán efectos en las nóminas de las rentas medias-bajas. La primera es la remodulación de las tarifas del Irpef, que pasan de cuatro a tres: el 23% se paga para rentas de hasta 28 mil euros, el 35% para las de más de 28 mil hasta 50 mil, el 43% para las que superan los 50 mil euros. La segunda medida sustituye al recorte de la cuña de cotización, vigente hasta 2024 en la parte pagada únicamente a los trabajadores, introducido por el Gobierno Draghi y reforzado por el ejecutivo Meloni (recortado en siete puntos en las cotizaciones hasta 25 mil euros de ingresos, por seis puntos hasta 35 mil euros). Al no prever ningún décalage, este mecanismo, que garantiza incrementos mensuales medios de unos 100 euros, penaliza a los trabajadores con ingresos superiores a 35 mil euros. El nuevo mecanismo, sin embargo, es enteramente fiscal e incluye dos métodos diferentes dependiendo de los ingresos poseídos. En la práctica, quienes tienen unos ingresos totales de hasta 20.000 euros ganan una suma que se deriva de un porcentaje aplicado a los ingresos del trabajador: el 7,1% hasta 8.500 euros, el 5,3% entre 8.500 euros y 15.000 euros, el 4,8% para ingresos entre 15 mil euros y 20 mil euros. Estas sumas no contribuyen a la formación del ingreso total para efectos del Irpef. A los trabajadores con ingresos comprendidos entre 20.000 y 40.000 euros se les concede una deducción, en función del tiempo de trabajo, de importe variable en función del importe de los ingresos totales del trabajador. En particular, la maniobra prevé que si los ingresos totales no superan los 32 mil euros, la deducción será igual a mil euros; sin embargo, si la misma renta global supera este umbral, se procede a una deducción decreciente a medida que aumenta la renta, que se elimina para las personas físicas con rentas cercanas a los 40 mil euros. El efecto de las dos medidas es un aumento del sueldo de aproximadamente mil euros al año. En algunos casos, no cambiará mucho para los empleados que ya recibieron estas bonificaciones el año pasado, mientras que en otros (especialmente en el rango de ingresos superiores a 35 mil euros) el salario aumentará. La dote ronda los 13.000 millones, los trabajadores afectados aumentarán en 1,3 millones respecto a los más de 13 millones ya afectados por la medida vigente hasta 2024. También llega la recompensa del IRES, en forma de una reducción de 4 puntos en el impuesto. (del 24 al 20%) para las empresas que deben destinar el 80% de los beneficios a reservas, reinvertir el 30%, mantener estables los niveles de empleo, incrementarlos al menos un 1% en el 2025 y no haber solicitado CIG en 2024-2025.

Recompensas de productividad

Otra intervención para aumentar los sueldos es la confirmación de la fiscalidad preferencial sobre los bonos de productividad. Con la ley de Presupuesto se confirma también la reducción del 10% al 5% en la tributación de los bonos de productividad para 2025, 2026 y 2027, ya prevista para desembolsos en los años 2023 y 2024. Según los últimos datos del Ministerio de Trabajo Se han beneficiado de las sumas incentivadas fiscalmente a más de cinco millones de trabajadores a los que se les pagó una cantidad media anual de más de 1.500 euros.

bono madres

A partir de 2025 también cambiará el bono de madres. La medida se ha transformado ahora en una exención parcial de las cotizaciones a la seguridad social, que debe pagar el trabajador (dentro del límite de gasto de 300 millones de euros al año) para los trabajadores, las madres de dos o más hijos, los empleados (excluidos los de las relaciones laborales domésticas). ) y los trabajadores por cuenta propia que perciban al menos uno de los rendimientos del trabajo por cuenta propia, rendimientos empresariales en contabilidad ordinaria, rendimientos empresariales en contabilidad simplificada o rendimientos por participación y que no hayan optado por el régimen a tanto alzado. Esta exención de cotización es válida hasta el mes en que el hijo menor cumple diez años. A partir de 2027, para las madres de tres o más hijos, la exención de cotizaciones es válida hasta el mes en que el hijo menor cumple 18 años. La exención se reconoce siempre que el salario o renta imponible a efectos de la Seguridad Social no supere los 40 mil euros anuales. Dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de la medida, un decreto de Trabajo-Mef establecerá el alcance de la exención de cotizaciones y la forma de reconocimiento.

Descubra más

Beneficios complementarios

Novedades también sobre beneficios complementarios. Para los períodos impositivos 2025, 2026 y 2027, se confirma el aumento de 258,23 a mil euros (2 mil para los empleados con hijos fiscalmente dependientes) del límite de exención de las sumas pagadas por el empleador para el pago de los servicios públicos del hogar del integrado servicio de agua, luz y gas natural, así como los gastos de alquiler o hipoteca de la primera vivienda. Para los nuevos contratados permanentes con ingresos de hasta 35 mil euros en el año anterior que desplacen su residencia a más de 100 km, la exención fiscal se aplica a las sumas pagadas por los empresarios en concepto de alquiler o mantenimiento de inmuebles dentro del límite de 5 mil euros por año. dos años.



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