
En el caso Abbas R. se pronunció el Tribunal Administrativo Federal de Leipzig.
Fuente: dpa
En julio de 2015, Abbas R., que entonces tenía 16 años, llegó a Alemania desde Irak con su familia. Fue reconocido como refugiado. Lo que no estaba claro entonces: nueve meses antes, R. había cometido crímenes de guerra en nombre del Estado Islámico (EI): él y su padre participaron en la ejecución de un oficial iraquí.
Este pasado pronto le alcanzó en Alemania y el Fiscal General Federal inició una investigación. El Tribunal de Apelación de Berlín finalmente condenó a R. a cinco años y diez meses de prisión juvenil por sus acciones.
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El tribunal todavía ve amenaza terrorista
Esto es lo que ya había visto la primera sala de apelación del máximo tribunal administrativo alemán en una decisión de emergencia inmediatamente antes de la deportación. El punto de partida para la evaluación entonces y a juicio de hoy: lo que ocurrió en un mercado de Mosul en octubre de 2014.
Los combatientes del EI asesinaron allí a un oficial iraquí. La organización terrorista grabó en vídeo la ejecución pública, en la que también se ve a R., entonces de 15 años, insultando y escupiendo al coronel capturado antes de que otro miembro del EI le dispare.
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Desde el punto de vista del tribunal, R. nunca renunció de manera creíble a su apoyo al EI; de hecho, también representaba una amenaza en Alemania:
Después de eso fue […] El demandante representa un peligro considerable para la seguridad de la República Federal de Alemania y un peligro terrorista igualmente considerable. […].
Tribunal Administrativo Federal, comunicado de prensa n.° 59/2024
Deportación más fácil por crímenes de guerra
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Sin embargo, esto no se aplica a R.: debido a la amenaza terrorista que representa y a los crímenes de guerra que ha cometido, está excluido del reglamento.
Garantía diplomática: sin pena de muerte ni tortura
Sin embargo, ni siquiera los criminales de guerra pueden ser deportados si se les amenaza con la pena de muerte, tortura o tratos inhumanos en el país de destino. Aunque todo esto está oficialmente prohibido en Irak, la tortura sigue siendo un método común utilizado por la policía y las fuerzas de seguridad iraquíes.
Para garantizar que R. no sufriera torturas en Irak, la deportación fue precedida por un largo proceso diplomático. La embajada iraquí aseguró que R. recibiría “un trato humano y paternal” tras el traslado. El Ministerio de Asuntos Exteriores podría basarse en esto, según el tribunal en su decisión de hoy:
Sobre la base de varias garantías diplomáticas de la República de Irak, se supuso que el demandante no sufriría torturas ni tratos inhumanos o degradantes en su país de origen. […] amenazado.
Tribunal Administrativo Federal, comunicado de prensa n.° 59/2024
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Mark Höfler, abogado del demandante, critica duramente esta valoración. Desde el principio, el Senado se mostró reacio a reconsiderar su decisión por el procedimiento acelerado.
Después de la deportación, su cliente fue detenido y torturado en violación de los derechos humanos en Irak, en contra de las garantías diplomáticas, pero el tribunal no prosiguió con esto:
Había solicitado que se escuchara en el juicio al propio demandante, o al menos a los representantes diplomáticos que lo habían visitado e interrogado en prisión. El tribunal rechazó ambos.
Mark Höfler, abogado del demandante
Daniel Heymann es redactor de la redacción de ZDF Ley y Justicia.

Fuente: ZDF
