El “Semanal” debe contener información relativa a «los trabajos que se realizarán, con indicación, limitada a la semana de referencia, de las actividades previstas, de todos los operadores económicos, incluidos los titulares de números de IVA sin asalariados, que operarán en cualquier calidad en la obra” y “de los vehículos que lo llevarán dentro de la obra”.
Además, debe existir la referencia del representante del sitio, quien tiene la obligación de adquirir e insertar en la sección dedicada de la base de datos toda la información relativa a las actividades y accesos previstos para la próxima semana, así como la obligación de comunicar y introducir sin demora cualquier cambio con respecto a los datos enviados anteriormente.
Medidas contra el trabajo ilegal
Se implementan medidas anticorporativas y laborales ilegales. Cada empresa, entre las que realizan obras, servicios o incluso suministros, debe comunicar al representante de la obra los datos de la mano de obra presente en la obra, especificando la cualificación profesional. La misma comunicación deberá incluir los datos de las entregas de mano de obra, de cualquier forma realizadas, los del período total de empleo o en el caso de nuevas contrataciones, las modalidades de contratación de la mano de obra y los tipos profesionales necesarios y, finalmente, La trayectoria formativa seguida por el trabajador.
Sanciones
Incumplimiento de los plazossti o el incumplimiento, incluso parcial, de los compromisos asumidos, aunque sólo sea de comunicación, conlleva la aplicación de sanciones para el responsable desde un mínimo del 1% hasta un máximo del 3% del importe correspondiente al valor del contrato. . En los casos más graves, si las irregularidades persisten hasta la tercera evaluación, se rescindirá el contrato.
Las sanciones económicas pueden serEsto también se aplica al final de los controles policiales, si el personal de servicio no muestra su placa, por ejemplo. Además, en el caso de transporte de material, el albarán de entrega deberá indicar la matrícula y el nombre del propietario de los vehículos. En caso de infracción, la empresa podría pagar multas que oscilarían entre un mínimo de 1.000 y un máximo de 2.500 euros, con riesgo de resolución del contrato de adquisición.