Renovables, luz verde a las simplificaciones: tres vías para acelerar el proceso, pero operadores críticos


Luz verde del Consejo de Ministros al texto consolidado para la simplificación de los procedimientos administrativos de las plantas, sistemas de almacenamiento y obras conexas de energía verde. La disposición, aprobada con carácter preliminar, es fruto del concierto entre tres ministerios (Medio Ambiente, Administraciones Públicas y Reformas) y responde a los objetivos también fijados en blanco y negro en el Pnrr. En comparación con el mosaico muy irregular existente hasta ahora, el texto consolidado reduce a tres las vías para el desarrollo de las fuentes verdes: libre actividad, procedimiento de autorización simplificado (Pas) y autorización única. Pero los operadores, empezando por las asociaciones más representativas como Elettricità Futura, no dejaron de expresar dudas ya durante la fase de desarrollo de la disposición, porque introduciría límites en algunos casos en los que hasta ahora no eran necesarias más autorizaciones.

Tres regímenes para el desarrollo de fuentes verdes

Pero veamos en detalle qué prevé la nueva disposición. El primer tramo introducido es el de libre actividad que se aplica, por ejemplo, a todas las plantas solares de menos de 10 megavatios, sin modificaciones particulares de la estructura sobre la que se instalan ni ocupación de terreno distinto del de la cubierta sobre la que se construyen. sino también a modificaciones de los sistemas existentes (es decir, actualización o renovación). Para este tipo de intervención no se requieren actos de consentimiento ni declaraciones salvo en el caso de limitaciones paisajísticas. Y es en este último punto donde se han centrado mucho las críticas de los operadores renovables.

Excepciones a la libre actividad

De hecho, la disposición introduce algunas excepciones, principalmente cuando la nueva planta o la remodelación de un proyecto existente insiste en bienes sujetos a protección o en áreas naturales protegidas: en este caso, de hecho, se aplica el régimen Pas. Sin embargo, si este tipo de instalaciones o reformas se refieren a bienes como villas o parques no protegidos pero de una belleza poco común, o conjuntos de cosas que tienen un valor estético particular (incluidos centros y núcleos históricos), se desencadena un proceso más largo. con la intervención de las superintendencias que deben emitir un dictamen vinculante (y que, de ser negativo, bloquea el proceso) y con la solicitud sujeta a la aprobación de la autoridad de protección de la restricción paisajística con ampliación de plazo para la posibilidad de solicitando investigaciones en profundidad.

Las encuestas de Elettricità Futura

Un plazo, este último, que puede alcanzar hasta 45 días y al que, como ya ha indicado, Elettricità Futura se ha opuesto en referencia a los sistemas ya instalados porque “introduce costes innecesarios y retrasos burocráticos” y también prevé un nuevo autorización para estos proyectos. Otras limitaciones se refieren a la posibilidad de aplicar el mecanismo de consentimiento silencioso, también para proyectos vinculados a plantas renovables (en presencia de una o más limitaciones en este frente, se requiere la aprobación de la autoridad responsable de proteger las mismas).

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El régimen del procedimiento de autorización simplificado (Pas)

El segundo régimen es el de , que se refiere a proyectos que no requieren un procedimiento de “permiso” y no están sujetos a evaluaciones ambientales. La disposición prevé casos diferentes según que la solicitud no presente obstáculos o esté sujeta a limitaciones de la administración municipal y/o de otra índole. A falta de disposiciones, la calificación se considera expedida en el plazo de 30 días (que se eleva a 45 días si se requieren múltiples actos de consentimiento o 75 en caso de convocatoria de la conferencia de servicios).



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