Se fija plazo para que la UE aborde las preocupaciones sobre el modelo de «pago o consentimiento»


Meta tiene tiempo hasta el 1 de septiembre de 2024 para responder a las preocupaciones planteadas por la Comisión Europea sobre su modelo de publicidad de «pago o consentimiento» o las medidas de cumplimiento que entrañan riesgos, incluidas las sanciones.

La Comisión Europea dicho la Cooperación para la Protección del Consumidor (PCCh) La red social ha notificado al gigante de las redes sociales que el modelo adoptado para Facebook e Instagram podría violar potencialmente las leyes de protección al consumidor.

Describió la nueva práctica como engañosa y confusa, y las autoridades expresaron su preocupación de que los consumidores podrían haber sido presionados a elegir rápidamente entre pagar una suscripción mensual o consentir que sus datos personales se utilicen para publicidad dirigida.

Esto, dijo la agencia, podría haber sido motivado por temores de que «perderían instantáneamente el acceso a sus cuentas y a su red de contactos».

Meta, que introdujo un plan de suscripción para usuarios de la Unión Europea (UE) a fines de 2023, se ha topado con problemas por ofrecer lo que esencialmente no es una opción en absoluto y por cobrar una «tarifa de privacidad» para ejercer sus derechos de protección de datos.

Según la Ley de Mercados Digitales de la UE (DMA), las empresas que desempeñan funciones de guardianes deben buscar el consentimiento expreso de los usuarios antes de utilizar sus datos para ofrecer servicios que vayan más allá de su funcionalidad principal (por ejemplo, publicidad) o brindar acceso a una versión menos personalizada pero equivalente de las plataformas para aquellos que se niegan a participar.

La seguridad cibernética

«Los guardianes no pueden condicionar el uso del servicio o de ciertas funcionalidades al consentimiento de los usuarios», señaló la Comisión a principios de este mes, afirmando que el modelo de Meta viola la DMA.

La Comisión también criticó a Meta por utilizar términos vagos y calificar el servicio como «gratuito» cuando, en realidad, obliga a los consumidores a aceptar que sus datos se utilicen para anuncios personalizados, sin mencionar que hace que la experiencia sea confusa al hacerlos «navegar por diferentes pantallas» para determinar cómo se utilizan y procesan sus datos con fines publicitarios.

Meta, sin embargo, considera la versión pagada un modelo de negocio legítimo y ha señalado una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado mes de julio que establece que una empresa puede ofrecer una versión alternativa equivalente de su servicio «por una tarifa adecuada» que no dependa de la recopilación de datos para anuncios.

Dicho esto, cabe señalar que la sentencia se refiere al contexto de los usuarios que se inscriben en los servicios de Meta, y no a los usuarios existentes (de ahí los problemas antes mencionados asociados a los cambios en el modelo de consentimiento). Queda por ver si puede interpretarse como un precedente legal.

«Los consumidores no deben caer en la trampa de creer que pagarán y no verán más publicidad o que recibirán un servicio gratis cuando, en cambio, aceptarán que la empresa use sus datos personales para obtener ingresos con los anuncios», afirmó Didier Reynders, Comisario de Justicia de la UE.

«Los comerciantes deben informar a los consumidores de forma clara y transparente sobre el uso que hacen de sus datos personales. Se trata de un derecho fundamental que protegeremos».

El desarrollo se produce días después de que la Comisión Federal de Competencia y Protección del Consumidor de Nigeria (FCCPC) multara a Meta con 220 millones de dólares después de que una investigación mostrara que el intercambio de datos de la empresa en Facebook y WhatsApp violaba las leyes locales de protección de datos, privacidad y consumo al recopilar información de los usuarios sin su consentimiento.

«Las Partes Meta deberán detener de inmediato y sin dilación el proceso de compartir la información de los usuarios de WhatsApp con otras empresas de Facebook y terceros, hasta que los usuarios hayan dado su consentimiento activo y voluntario a todos y cada uno de los componentes de las libertades que las Partes Meta pretenden ejercer con respecto a la información de los titulares de los datos», orden final emitido Leído la semana pasada.

A principios de mayo, la junta de competencia turca impuesto una multa de 37,20 millones de dólares contra el gigante tecnológico estadounidense por sus prácticas de intercambio de datos en Facebook, Instagram, Threads y WhatsApp.

También sigue una informe Oracle acordó pagar 115 millones de dólares para resolver una demanda colectiva en Estados Unidos que acusa a la empresa de software de bases de datos y computación en la nube de violar la privacidad de los usuarios al recopilar su información personal y venderla a terceros.

Google, por su parte, se ha convertido en objeto de una nueva investigación iniciada por la autoridad de protección de datos italiana sobre cómo obtiene el consentimiento de los usuarios antes de combinar datos personales de diferentes servicios y si proporciona información adecuada para influir en esa elección.

«Google puede utilizar técnicas y métodos para solicitar el consentimiento, así como para establecer los mecanismos para obtener el propio consentimiento, que podrían condicionar la libertad de elección del consumidor medio», afirma el Garante. presunto.

“En efecto, el cliente se vería inducido a tomar una decisión comercial que de otro modo no habría tomado, al consentir la combinación y utilización cruzada de sus datos personales entre la pluralidad de servicios ofrecidos”.

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