
«Parece esencial continuar, en el marco de un diálogo constante y transparente con la Comisión Europea y en colaboración con las autoridades locales, la actividad de definir los criterios técnicos para determinar la existencia de escasez del recurso natural, conscientes de que sólo “A partir de los resultados de esta encuesta, de acuerdo con la Comisión Europea y las autoridades locales, será posible reorganizar el sector de forma orgánica y estructural”. Es uno de los pasajes de las conclusiones contenidas en la carta con la que el gobierno de Meloni respondió al dictamen motivado emitido por la Comisión de la UE en el marco del procedimiento de infracción por las licitaciones fallidas de concesiones de playas. Se confirma la tesis del ejecutivo: por ahora no hay licitación porque no hay escasez de recurso natural, por lo que hay suficientes playas libres para posiblemente ponerlas a disposición de nuevos operadores. Disponibilidad para reorganizar el sector y por tanto proceder con las licitaciones sólo en la segunda fase.
Una vez que se hayan obtenido datos completos sobre la existencia o no de la llamada “escasez” -ésta es la tesis del Gobierno-, el legislador deberá “identificar los criterios que deben informar los procedimientos competitivos disponibles públicamente”. Incluso en estos aspectos, será necesario lograr el reparto de las autonomías territoriales y de la Comisión Europea”. En un plazo de cuatro meses, el gobierno se compromete a concluir un primer debate con las Regiones sobre la determinación de los criterios. En ese momento “los resultados de la actividad preliminar y consultiva serán presentados a la Comisión para luego proceder a la adopción de las medidas regulatorias para reordenar el sector”. En este contexto, y a la espera de estos pasos, según el gobierno, la prórroga técnica (hasta finales de 2025) sancionada por la ley de competencia 118/2022 sigue siendo válida por “razones objetivas” que impiden la finalización de las licitaciones de renovación de concesiones. Estos motivos, sin embargo, deberán ser desestimados por los poderes adjudicadores “bajo el control del juez administrativo”, también en relación con “la situación específica del territorio de referencia”. Un intento, aunque críptico y abstracto, de evitar el riesgo de un enfrentamiento abierto con el TAR.




