A partir del 26 de enero, el INPS realizará las primeras acreditaciones relativas a las solicitudes de Subsidio de Inclusión «presentadas del 18 de diciembre al 7 de enero y, en cualquier caso, antes del mes de enero de 2024, en presencia de un Acuerdo de Activación digital (Pad) firmado en el marco del mismo mes y con resultado positivo de la investigación”. Así lo comunica hoy el INPS, que activará una campaña de información y recuerda que «para acceder al beneficio es necesario presentar la solicitud de ADI, registrarse en el Sistema de Información de Inclusión Sociolaboral (SIISL) y firmar el Acuerdo de Activación Digital de la unidad familiar”
Primeros pagos de ADI a partir del 26 de enero
En caso de firma tardía del Pad – explica el INPS – el reconocimiento de la prestación comenzará a partir del mes siguiente al de la firma del Pad y «por este motivo, el Instituto ha previsto una campaña de comunicación para solicitar a los solicitantes de la medida para quienes no han firmado un Acuerdo de Activación”
Inscripciones abiertas a partir del 18 de diciembre
En 2024 dijimos adiós a los ingresos por ciudadanía con la introducción del subsidio de inclusión. Las solicitudes para obtener el beneficio se pueden enviar de forma independiente al sitio web www.inps.it desde el 18 de diciembre, pero será posible hacerlo a través del Caf a partir del próximo lunes 8 de enero.
Los beneficiarios
Para hacer más comprensible el proceso de acceso, el Ministerio de Trabajo ha publicado una pequeña guía para beneficiarios de subsidios de inclusión. El subsidio se otorga a familias que tengan al menos un miembro en alguna de las siguientes condiciones: discapacidad; menor de edad; tener al menos 60 años de edad; en situación de desventaja (distrés biopsicosocial severo) e incluidos en un programa de atención y asistencia de servicios sociales y sanitarios locales certificados por la administración pública.
Los requisitos económicos
Se espera que la unidad familiar del solicitante posea conjuntamente una Veo válido con un valor no superior a 9.360 euros o un valor de ingresos familiares inferior a un umbral de 6.000 euros anuales multiplicado por el parámetro correspondiente de la escala de equivalencia Adi. Este parámetro es igual a 1 para la unidad familiar y se incrementa hasta un máximo global de 2,2, elevándose además hasta 2,3 en presencia de miembros en situación de grave invalidez o de no autosuficiencia. Si la unidad familiar está formada por personas todas ellas de 67 años o más y otros miembros de la familia todos ellos en situación de grave discapacidad o de no autosuficiencia, el umbral de renta familiar se fija en 7.560 euros anuales, multiplicado por el parámetro correspondiente de la Escala de equivalencia de Adi.