Si ha solicitado un préstamo para comprar un inmueble y alquilarlo a particulares, se encuentra en el punto de mira de las autoridades fiscales. Estos ingresos por alquiler pueden considerarse ingresos profesionales, lo que significa que hay que pagar más impuestos. Los expertos Paul Verhaeghe e Ive Rosseel lo explican.
Un matrimonio de Lieja compró varios edificios comerciales y viviendas entre 2003 y 2018. Estas compras siempre las financiaron con un préstamo hipotecario. Al final, alquilaron diecinueve propiedades. Las autoridades fiscales consideran que los ingresos del alquiler constituyen ingresos profesionales.
Esto significa que los propietarios tenían que declarar la renta total del alquiler, mientras que en circunstancias clásicas el alquiler de una propiedad a un particular sólo se grava sobre la base de la renta catastral.
Se trataba de una actividad rentable porque el matrimonio pedía sistemáticamente préstamos para comprar nuevos edificios y alquilarlos a particulares. Los propietarios consideraron que esto discriminaba a los propietarios que comprarían las propiedades con sus propios recursos y acudieron al tribunal fiscal. El juez fiscal remitió la cuestión al Tribunal Constitucional.
No discriminacion
“El Tribunal Constitucional afirma ahora que no existe discriminación por ese motivo”, afirma el abogado fiscal Paul Verhaeghe de Wanted Law. “La propia ley no hace distinción entre una compra con préstamo y una compra con recursos propios para una actividad rentable. Al mismo tiempo, el Tribunal señala que la administración tributaria tiene un margen de interpretación para considerar la renta como gestión tradicional o como una actividad rentable”.
Y continúa: “Lo mismo se aplica al tribunal fiscal, donde el contribuyente puede cuestionar la liquidación de la administración. Finalmente, la Corte también señala que los contribuyentes pueden solicitar un pronunciamiento anticipado si quieren certeza sobre el tratamiento fiscal de la renta”.
La valoración de si existe un alquiler profesional sigue siendo una cuestión de hecho. La sentencia ha añadido un matiz a este respecto. La jurisprudencia y la doctrina jurídica ven una serie de elementos que cuentan: el número y la interconexión de los alquileres, la organización requerida para el alquiler, las circunstancias en las que se adquirió el inmueble, los servicios adicionales como la limpieza y la cuestión de si el alquiler se ajusta perfectamente a la actividad profesional y si además se tiene otro trabajo.
Tarifas progresivas
El experto fiscal Ive Rosseel, del ACV, cree que es hora de poner fin a la gran diferencia fiscal. Aboga por una reforma fiscal que ya no implique gravar sobre la base de una renta catastral obsoleta.
“Por ejemplo, los ingresos inmobiliarios podrían gravarse a tasas progresivas como otros ingresos, siempre que se permita la deducción de un costo global. Mientras tanto, una circular sobre cómo ve la administración tributaria la transición entre los ingresos inmobiliarios y los ingresos de una actividad rentable proporcionaría más claridad a los propietarios”.