Para aquellos que están enteramente en el sistema contributivo y por lo tanto no han pagado cotizaciones a la seguridad social antes de 1996, el avance de la pensión de tres años con respecto a la vejez (a 64 en lugar de 67) sólo será posible si se ha fijado el importe de la pensión. haber devengado al menos 3 veces el subsidio social (503 euros) si es hombre, 2,8 si es madre de un hijo y 2,6 si es madre de dos o más hijos. El nuevo borrador de la maniobra así lo prevé, de cara al lanzamiento del texto definitivo.
Ventana de tres meses
el tratamiento de pensión Se reconoce un anticipo por un valor bruto mensual máximo que no exceda de cinco veces el pago mínimo de las mensualidades anticipadas a la jubilación respecto de la vejez. Se prevé un plazo de tres meses.
Montar al menos 2,8 veces el subsidio social
En 2023, la ley prevé que el anticipo sea un importe de pensión devengada de al menos 2,8 veces el subsidio social (1.408 euros), mientras que el primer borrador para 2024 preveía que fuera al menos 3,3 veces el subsidio social.
Hipótesis de volver a 2027 para ajustarse a la esperanza de vida
Surge la hipótesis de un retorno al 2027 para el ajuste de la esperanza de vida. A partir de las últimas hipótesis que circulan de cara al texto definitivo de la maniobra, la norma que adelantó a finales de 2024 (desde finales de 2026) el período en el que no hay ajustes en la esperanza de vida para quienes se jubilan independientemente de su edad una vez cumplidos los 42 años y 10 meses de aportes. En las últimas hipótesis, el riesgo de una intervención en el volumen de negocios de la administración pública también se desvanece: el artículo, que en los primeros rumores circulaba sólo como título, no aparece en las últimas hipótesis en circulación.